El Gobierno ha aprobado un plan técnico de las TDT que deja fuera a las televisiones sin ánimo de lucro, a pesar de las recomendaciones del Consejo de Estado
El Gobierno ha aprobado el plan técnico para la Televisión Digital Terrestre (TDT) y, en contra de lo que le recomendó el Consejo de Estado, en él no ha tenido en cuenta al tercer sector de la comunicación audiovisual, las televisiones sin ánimo de lucro.
La Red de Medios Comunitarios (ReMC) y la Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP) lamentan esta decisión, contraria a lo que establece la legislación audiovisual vigente, y piden al Gobierno que la reconsidere. La legislación audiovisual vigente establece que una parte del dominio público radioeléctrico destinado a radio y televisión debe destinarse a emisoras comunitarias sin ánimo de lucro, cuya finalidad es atender las necesidades sociales, culturales y de comunicación de comunidades y grupos sociales, así como fomentar la participación ciudadana y la vertebración del tejido asociativo.
El artículo 32 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, relativo a los servicios de comunicación audiovisual comunitarios sin ánimo de lucro, establece: “La Administración General del Estado debe garantizar en todo caso la disponibilidad del dominio público radioeléctrico necesario para la prestación de estos servicios”. “La Administración General del Estado habilitará el dominio público radioeléctrico necesario para la prestación de estos servicios”, añade.
Después de la presentación del anteproyecto del plan técnico de la TDT, y tras la interpelación de las televisiones afectadas, el Consejo de Estado elaboró un dictamen en el que advirtió al Gobierno de que “la distribución del espacio radioeléctrico para la televisión digital terrestre que acomete el proyecto consultado tiene que ser compatible con el cumplimiento de esta obligación”, en referencia a esa previsión de la ley.
En ese informe dio la razón a una parte de las alegaciones presentadas por las televisiones comunitarias y por la Red de Medios Comunitarios, que indicaron que el Gobierno, en el proyecto de real decreto presentado, estaba incumpliendo lo dispuesto en la legislación audiovisual y dejaba en un limbo legal a proyectos pioneros como Televisió Cardedeu o TeleK de Vallekas. La situación jurídica en la que quedan es muy grave, como demuestra la emisora comunitaria de Barcelona, La Tele, que se enfrenta a una multa de 500.000 euros de la Generalitat de Cataluña por carecer de licencia para emitir, la cual no puede obtener porque el Gobierno estatal ha bloqueado la asignación de frecuencias a estas emisoras.
La Ley General de Comunicación Audiovisual, de 31 de marzo de 2010, estableció el régimen jurídico para que las asociaciones sin ánimo de lucro pudieran acceder a licencias de radio y televisión de carácter social y comunitarios (artículos 4, 32 y disposición transitoria 14). Pero el Gobierno no ha adoptado ninguna medida, con lo que impide el acceso a las licencias a pesar de que las comunidades autónomas vienen reclamando frecuencias para emisoras comunitarias.
El Gobierno central tampoco ha tenido en consideración los reiterados recordatorios realizados por el Defensor del Pueblo respecto de la aplicación del artículo 32 y la disposición transitoria 14 de la ley citada, lo que impide que más de un centenar de emisoras de radio y televisión sin ánimo de lucro puedan obtener licencias.
Este incumplimiento puede llevar a ejercer acciones judiciales contra las medidas que ha aprobado el Gobierno en esta materia, en las que ha obviado a las emisoras comunitarias en contra de lo que establece la ley.
Dictamen Consejo de Estado http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=CE-D-2014-839
Real Decreto 805/2014, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-9667